Chile

Poblaciones en Situación de Vulnerabilidad

LGBTIQ+

Chile no consagra el matrimonio igualitario, relegando las uniones entre parejas del mismo género a la figura del acuerdo de unión civil que no contempla la posibilidad para los contrayentes de adoptar o de reconocer al hijo o hija de su pareja.
Así, el código civil del país entiende el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer; la jurisprudencia tampoco ha sido fructífera a la hora de tutelar estos derechos de la población LGBTIQ+. En 2010, tres parejas interpusieron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago motivados por la negativa del Registro Civil de otorgarles una hora para contraer matrimonio entre sí, situación que atenta contra el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución.

MUJERES

El llamado “efecto racimo” del divorcio golpea especialmente duro a las mujeres, por cuanto aumenta “más de 20% la probabilidad de una madre de ser pobre -y con ella sus hijos-, y al menos 10% la de caer en la indigencia.

PERSONAS DISCAPACITADAS

Chile mantiene en vigencia las normas del código civil que impiden el matrimonio a personas con discapacidad intelectual o psicosocial, personas sordas y sordociegas; prevalecen las prácticas de negar el derecho al matrimonio y a formar una familia y no existen los apoyos necesarios para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos reproductivos en igualdad de condiciones.

PERSONAS MIGRANTES

Las y los migrantes haitianos que intentan arrendar en chile se encuentran con diversos obstáculos burocráticos e institucionales, desde la dificultad para regularizar su situación, pasando por las barreras lingüísticas y la vulnerabilidad socioeconómica. Los avisos de arriendo no están adecuados a las necesidades de la población haitiana en chile y la información es en castellano y poco clara, sumado a las condiciones abusivas y el aprovechamiento para el que se presta su situación de vulnerabilidad. La figura de ilegalidad y las trabas para que migrantes de bajos recursos económicos y con poco manejo del idioma español constituyen un marco permanente de vulneración y abuso para la población haitiana en Chile. Esto afecta de manera ejemplar en sus conflictos de vivienda, una de las primeras necesidades de las personas migrantes. Considerando el aumento exponencial de migrantes haitianos que Chile ha tenido en los últimos 5 años, aún no se diseñan mecanismos informáticos inclusivos para darles acceso a justicia en sus conflictos de vivienda.

NIÑEZ

Resulta preocupante los lentos procesos de administrativos y judiciales que enfrentan quienes desean adoptar a un niño, niña o adolescente (NNA), proceso puede durar entre dos o tres años (T13 2016), especialmente en el caso de NNA que se encuentran institucionalizados, pues “la evidencia internacional es categórica en señalar que la institucionalización causa perjuicios a los niños y niñas que la sufren y debe ser limitada a casos absolutamente excepcionales y por periodos muy breves. Una regla general, que ha sido señalada, es que por cada tres meses que un niño de corta edad reside en una institución, pierden un mes de desarrollo”.