Brasil

Poblaciones en Situación de Vulnerabilidad

LGBTIQ+

El Poder Judicial también ha tenido un rol clave dentro del reconocimiento de los derechos de la población LGBTIQ+. Es así que en 2011 el Superior Tribunal de Justicia resolvió un recurso en el sentido de que no existía un obstáculo legal para la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo ya que las disposiciones del Código Civil debían interpretarse de conformidad con la Constitución. En consecuencia, en 2013 el Consejo Nacional de Justicia decidió que los funcionarios públicos no pueden excusarse de celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo.

MUJERES

En este país se evidencia un sesgo de género importante en los procesos de tuición y custodia de niñas, niños y adolescentes, basados en el estereotipo que la mujer es una mejor cuidadora por naturaleza y que ha ocasionado que en más del 50% de los casos la custodia es conferida a la madre, pese a que la legislación brasileña la custodia podrá ser unilateral o compartida.

PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXTREMA POBREZA

El estudio de casos de Vivienda y Tierras reveló que la población en situación de vulnerabilidad socioeconómica que reside en las favelas enfrenta problemas para la individualización de sus viviendas y prestaciones de servicios básicos, existiendo una baja judicialización, pese a contar con la acción de usucapión especial colectivo. El obstáculo más frecuente son las razones de carácter formal, realizándose los procesos por no obedecer literalmente los requisitos para la acción y burocrático, ya que la espera por el usucapión colectivo promedia los 5 años, frente a procesos judiciales en defensa de la propiedad privada que pueden tramitarse en solo cinco días, quitándole eficacia a una acción que debería servir para tutelar los derechos de la población en situación de pobreza y extrema pobreza.

PERSONAS DISCAPACITADAS

Durante el examen de Brasil ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) relatora para Brasil del Comité, Theresia Degener, cuestionó la segregación de las personas con discapacidad en el ámbito escolar y la institucionalización forzada. También hizo énfasis en la situación alarmante de los centros penitenciarios puesto que “87% de las instalaciones no son accesibles para las personas con discapacidad”.

NIÑEZ

Brasil concede protección a los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) en la ley nº 8.069, conteniendo en su art. 19 el derecho de los NNA de ser criados en el seno de su familia. Se señala que los NNA tendrán asistencia jurídica gratuita y ciertas acciones exentas de costos y emolumentos, así como el acceso garantizado al Ministerio Público, la Defensoría Pública y el Poder Judicial. También indica que en caso de que las pretensiones de los padres sean contrarias a las de los NNA se les designará un curador especial que defienda sus intereses.