La Ley 26.061 enumera los derechos reconocidos en la infancia y adolescencia, receptando los elementos de la Convención de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNYA), a la vez que crea instituciones y organismos para efectivizar estos derechos, como la figura del abogado del niño (art. 27) y el Defensor del niño/a (art. 47). En la actualidad, casi todas las provincias de Argentina han sancionado leyes en materia de protección de la infancia y adolescencia, con diferente alcance y grado de implementación. Sin embargo, aún continúa sin designarse el Defensor de los NNYA y es resistida la figura del abogada/o del niña/o.
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